Sunday, May 20, 2012    
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Prof. José Darío Marcelino, dicta conferencia a la Especialidad en Derecho Civil de la EFEC.
Prof. José Darío Marcelino, dicta conferencia a la Especialidad en Derecho Civil de la EFEC.

Titulada " El Referimiento y el Amparo en el Estado Civil", la conferencia impartida por el destacado Profesor José Darío Marcelino, fue un marco propicio para que los estudiantes que cursan la Especialidad en Derecho Civil en la Escuela Nacional de Formación Electoral y del Estado Civil (EFEC), institución académica de la Junta Central Electoral, pudieran adentrarse en esta figura jurídica.

Esta conferencia enfocó todo lo relativo al procedimiento del Referimiento en sentido general, que aparece en los artículos 101 al 112 y del 137 al 142 de la ley 834, del 15 de julio del 1978. El procedimiento en Referimiento tiene 5 características principales: la urgencia, las medidas provisionales o conservatorias que se adoptan, la Litis Principal que se establece entre demandante y demandado en Referimiento, la ordenanza del Juez de los Referimientos que no tiene en cuanto a lo Principal la autoridad de la cosa Juzgada y por último que el juez de los Referimientos no debe pronunciarse sobre el fondo del asunto, ni chocar con el fondo.

De este modo la materia permite introducir conocimientos acerca de los derechos de las personas, según lo establecen nuestras normas de Derecho Civil. El abordaje de estos temas, constituye una herramienta necesaria para nutrir el acervo cognitivo de los cursantes, permitiendo que los funcionarios del Registro del Estado Civil conozcan, desde una perspectiva especializada, los diferentes ángulos de los derechos de las personas y cómo estos en sus labores diarias, son entes importantes para salvaguardar efectivamente las indicadas prerrogativas. Siendo el Registro del Estado Civil en el que se asientan las circunstancias del estado de las personas.

Esta especialidad en Derecho Civil de las persona y Actos del Estado Civil, procura desarrollar las debidas competencias de las cuales deben empoderarse los oficiales del Estado Civil y, en definitiva, todo el Sistema del Registro del Estado Civil, con el propósito de cambiar la visión que percibe la ciudadanía sobre los inconvenientes de orden ético-moral que comporta este servicio.
 


Noticia publicada el Monday, September 27, 2010

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